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Sentencia de interés: TAC 11-06-2020, del Declara Nula la Sanción de Multa de Embriaguez

alcohol

Nulidad de multa de embriaguez. La conducción bajo los efectos del alcohol es peligrosa y está prohibida por ley en Colombia, al igual que en gran parte del mundo. Sin embargo, al igual que cualquier procedimiento legal, existen salvaguardas en la legislación colombiana para proteger los derechos del conductor durante una prueba de alcoholemia y el fallo por multa de embriaguez. Este artículo tiene como objetivo analizar la sentencia Nº 11001-33-34-001-2016-00049-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que destaca la importancia de respetar el debido proceso durante la realización de pruebas de alcoholemia.

De acuerdo con la Ley 1696 de 2013 y la sentencia de la Corte Constitucional C-633 de 2014, si se realiza una prueba de alcoholemia de manera indirecta utilizando un alcohosensor y, por cualquier razón, el examinado no puede respirar normalmente, se debe buscar una alternativa, como la recolección de una muestra de sangre para análisis de alcoholemia en laboratorio.

En el caso examinado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la autoridad de tránsito no proporcionó al conductor toda la información requerida por la Corte Constitucional en la Sentencia C-633-14 de 3 de septiembre de 2014. Este fallo enfatizó la necesidad de informar al conductor sobre el proceso administrativo que sigue a la prueba, las consecuencias de no someterse a la prueba y el derecho a cuestionar la regularidad de los instrumentos utilizados, así como la competencia técnica del funcionario que realiza la prueba.

Además de esta falta de información, las autoridades de tránsito no siguieron adecuadamente el procedimiento alternativo cuando el conductor no pudo respirar normalmente, violando así el debido proceso y resultando en una condena sin un análisis probatorio válido.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca concluyó que, por no haberse seguido estas pautas y no haberse informado adecuadamente al conductor, las autoridades de tránsito violaron el debido proceso, prosperidad de las pretensiones por falsa motivación y confirmó una sentencia anterior que sostenía las demandas del demandante.

Este caso es un claro recordatorio de que la justicia y la equidad deben prevalecer en todo momento, incluso durante las pruebas de alcoholemia. Los conductores tienen derechos y es responsabilidad de las autoridades de tránsito respetar esos derechos durante todo el proceso. También subraya la importancia de buscar asesoramiento legal si se sospecha que se ha cometido un error durante una prueba de alcoholemia.

En resumen, siempre debe seguirse un debido proceso durante las pruebas de alcoholemia, y los conductores tienen derecho a estar plenamente informados sobre el procedimiento y las consecuencias de no someterse a la prueba. Si estos derechos no son respetados, los conductores tienen la opción de buscar reparación legal, como se evidencia en la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.