Responsabilidad civil, Culpa Patronal

Muerte de trabajador por culpa del empleador en la omisión en medidas de seguridad

culpa patronal

Culpa del empleador por omitir los deberes de seguridad con sus empleados.

Hechos o Antecedentes

En el caso en cuestión, la parte demandante, en representación propia y de sus menores hijos, presentó una demanda contra una entidad corporativa. La demanda se basó en la afirmación de que existía un contrato laboral indefinido entre un empleado y la entidad demandada, que se extendía desde una fecha específica hasta el día en que el empleado sufrió un accidente fatal en el lugar de trabajo. La demanda solicitaba que se reconociera que el accidente fue de origen laboral y que se condenara a la entidad a pagar el lucro cesante pasado y futuro, así como los daños morales, a los demandantes en calidad de cónyuge e hijos del trabajador fallecido.

Fundamentos de la Demanda

Los demandantes argumentaron que la entidad demandada había incumplido su deber de protección y seguridad del trabajador, lo que resultó en la negligencia que el Tribunal no reconoció. Afirmaron que, a pesar de que la entidad estaba al tanto de las deficiencias en el equipo de trabajo, no suspendió las actividades laborales hasta que se tomaran las medidas correctivas necesarias. En cambio, permitió que las actividades continuaran y que el trabajador implementara soluciones temporales, lo que finalmente resultó en el accidente.

Contestación de la Demanda

En respuesta a la demanda, la entidad demandada sostuvo que los demandantes estaban haciendo apreciaciones subjetivas sobre las pruebas que habían sido apreciadas en su totalidad por el tribunal de apelación. Argumentaron que estas pruebas llevaron al tribunal a concluir que el trabajador fallecido había sido imprudente al incumplir deliberadamente las órdenes impartidas.

Fallo de Primera Instancia

El juez de primera instancia, después de encontrar demostrada la existencia de una relación laboral entre el empleado y la entidad demandada, concluyó que el accidente se produjo por culpa exclusiva del trabajador. El trabajador había ignorado no solo las normas de seguridad laboral establecidas por la entidad, sino también una orden específica impartida por su superior. Por lo tanto, el juez encontró procedente absolver a la entidad demandada.

Fallo de Segunda Instancia

El fallo de segunda instancia fue emitido por el Tribunal Superior. En este fallo, el Tribunal confirmó la sentencia de primera instancia que absolvía a la empresa demandada de las pretensiones de la demanda. El Tribunal concluyó que el trabajador había incumplido deliberadamente una orden impartida, y que su actuar fue imprudente. Además, señaló que la parte demandante no había cumplido su carga procesal de acreditar la culpa suficientemente comprobada del empleador para ser acreedora de la indemnización plena de perjuicios pretendida. En consecuencia, el Tribunal decidió que no existía una relación clara de causalidad entre los hechos narrados y el evento, y que las circunstancias del accidente no estructuraban prueba sobre la culpa suficientemente comprobada del empleador.

El Tribunal Superior confirmó el fallo absolutorio de primera instancia.

Este análisis del caso es una interpretación de la información contenida en el documento y puede no reflejar completamente todos los detalles del caso. Para una comprensión más completa, se recomienda leer el documento completo.

Cargos

El recurso de casación presentado por la parte demandante se formuló en dos cargos, ambos por la causal primera de casación. El primer cargo acusó la aplicación indebida de varias disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y otras normas, alegando que el Tribunal se equivocó al concluir que el empleador había ejercido las acciones adecuadas para garantizar la seguridad de sus trabajadores y que la parte demandante no logró demostrar la culpa suficientemente comprobada del empleador. El segundo cargo, complementario al primero, se centró en la responsabilidad del empleador en el accidente laboral y en la necesidad de que el empleador adopte medidas suficientes para garantizar la seguridad de sus trabajadores, argumentando que la responsabilidad del empleador no desaparece incluso si el trabajador cometió un acto inseguro o imprudente.

Casación

La Corte Suprema de Justicia, en su Sala de Casación Laboral, consideró el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia emitida por el Tribunal Superior. La demandante argumentó que el Tribunal se había equivocado al eximir de responsabilidad a la empresa bajo la tesis de la imprudencia del trabajador en el desarrollo de la actividad laboral en la que perdió la vida.

La Corte Suprema, después de considerar el caso, decidió que el Tribunal se había equivocado al eximir de responsabilidad a la empresa. La Corte sostuvo que el Tribunal había ignorado el deber que le asistía a la empresa de suministrar a sus trabajadores locales apropiados y elementos adecuados de protección contra los accidentes y enfermedades profesionales.

La Corte también señaló que la demanda también fue presentada por los hijos menores de edad del trabajador fallecido, por lo que el término de la prescripción se suspende en su favor, mientras no hayan llegado a la mayoría de edad.

En cuanto a la indemnización plena de perjuicios solicitada por la demandante, la Corte estableció su viabilidad y procedió a la tasación, teniendo en cuenta que la demandante había fallecido en el transcurso del trámite de este proceso. Las condenas impartidas en esta sentencia en su favor deberán integrarse a la masa sucesoral de la de cujus.

Finalmente, la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decidió casar la sentencia impugnada. En sede de instancia, la Corte decidió revocar los numerales de la sentencia proferida por el Juzgado Laboral del Circuito y, en su lugar, declaró no probadas las excepciones propuestas por la parte demandada. Las costas de las dos instancias fueron a cargo de la empresa responsable.